TAMARA BESSALLE

ABOGADA ESPECIALIZADA EN MATERIA LABORAL

Asesoría a trabajadores y empresas.
Acompañamiento ante la Inspección del Trabajo.
Defensa judicial.
Revisión de contratos o condiciones laborales.
ACERCA DE:
Tamara Bessalle

Abogada de la Universidad de Concepción y Magíster en Derecho de la empresa, mención en Derecho Laboral, de la Universidad del Desarrollo.
Ha trabajado en empresas con más de 1000 trabajadores, como abogada asesora de recursos humanos.
Actualmente, ejerce como profesional independiente en Concepción, tramitando causas de derecho laboral y también civiles.

Atención directa, cercana, estudiada y resolutiva.

ASESORÍA JURÍDICA

CONTRATO DE TRABAJO

El contrato de trabajo debe cumplir ciertos requisitos y debe escriturarse dentro de cierto plazo. Es importante revisar la distribución de la jornada laboral y los descansos.

REGLAMENTO INTERNO

Las empresas que cuentan con 10 o más trabajadores se encuentran obligadas a contar con un Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, que regule, entre otras cosas, las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores.

DESPIDO

El Código del trabajo establece las causales que puede invocar el empleador para poner término al contrato de trabajo. Los tribunales de justicia serán los encargados de determinar si el despido se encuentra o no justificado.

AUTODESPIDO

Nuestra legislación contempla un mecanismo mediante el cual el trabajador puede poner término al contrato de trabajo en caso de incumplimiento del empleador.

NULIDAD DEL DESPIDO

Sanción en virtud de la cual no se produce el término del contrato de trabajo, mientras no se regularice el pago de cotizaciones previsionales.

FINIQUITO

Documento que debe otorgarse por el empleador al término de la relación laboral y ratificarse ante ministro de fe por el trabajador. En caso de no estar de acuerdo con los montos ofrecidos o la causal de despido invocada, el trabajador puede hacer una reserva de derechos para reclamar o demandar los conceptos indicados con posterioridad.

VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES

El Código del trabajo contempla un mecanismo especial en caso de que se vulneren ciertos derechos del trabajador. Este procedimiento procede por vulneración durante la relación laboral o también con ocasión del despido.

ACOSO LABORAL

Toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

ACOSO SEXUAL

El que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

ACCIDENTE LABORAL

Toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte.

PUBLICACIONES RECIENTES

ENLACES DE INTERÉS

Enlaces útiles de páginas públicas para el ámbito laboral:  Dirección del Trabajo, ley fácil del Congreso Nacional, Previred para el pago de cotizaciones y el Servicio Nacional de Migraciones.

Dirección del Trabajo

Ley Fácil del Congreso Nacional

Servicio Nacional de Migraciones